Manuel Milanés analiza la sentencia del Tribunal de Londres sobre la deuda cubana al fondo CFR

La sentencia del tribunal de Londres sobre la demanda presentada por el fondo de inversión CRF I Limited contra el impago de deuda por la parte cubana ha sido asumida por la prensa oficialista como una victoria.

Sin embargo, el documento de 89 páginas establece precedentes legales llenos de matices para el futuro de Cuba y la deuda que se tiene con varios acreedores alrededor del mundo, según expone el influencer y empresario Manuel Milanés.

Primeramente, la sentencia estableció que el Banco Nacional de Cuba (BNC) había consentido la sesión de su deuda con ICBC a CRF, pero carecía de capacidad para acceder en nombre de Cuba a la sesión. Esto quiere decir que no se vincula a Cuba como Estado con la deuda, sino que toda la responsabilidad cae en manos del BNC.

El segundo tema importante es que el tribunal de Londres se declara con jurisdicción sobre el caso y, en consecuencia, el BNC puede ser perseguido por CRF para “invocar las disposiciones contractuales contenidas en ellos”.

Con estos hechos, Milanés indica que hay una “parte negativa” para el fondo CRF, ya que su estrategia de vincular a Cuba como Estado con la deuda no fue aceptada. “CFR sabiendo que el BNC no tiene capacidad para pagar, decide presentar el caso involucrando al Estado, tal y como es lógico, porque en la Isla todo lo controlan los comunistas”.

Sin embargo, aquí el castrismo jugó con trampa y en un movimiento político previo metió preso a los empleados del banco que supuestamente firmaron la cesión de la deuda y los obligaron a declarar que recibieron sobornos por parte del fondo de inversión.

Por lo cual, ahora el tribunal dice entender que el BNC no es el Estado. Entonces, CRF no va a poder embargar propiedades de la tiranía ni cuentas bancarias en el exterior para saldar la deuda.

Sin embargo, a su vez eso trae consecuencias negativas para el régimen, pues los inversionistas se lo pensarán dos veces antes de invertir. Aquellos que han confiado en la tiranía, como las hoteleras españolas y las empresas de minería de Canadá, cuando no se les pague lo que le deben no podrán encausar al Estado; será el BNC y las empresas, las responsables. En el caso de que una empresa estatal se declare en bancarrota, jamás el inversionista extranjero podrá cobrar su dinero.

En su canal de YouTube, Milanés explicó que la parte positiva de la sentencia del tribunal de Londres para los que luchan por la libertad de Cuba es que cuando la Isla se logre sacudir del comunismo, el nuevo Estado no heredará una deuda, solo la tendrá el BNC.

De ahí la importancia –refiere el empresario cubano– de no restaurar completamente la Constitución de 1940 en esos primeros tiempos de la transición de Cuba después del comunismo hacia una sociedad democrática. “¿Por qué? Porque en esa Carta Magna reza que el Banco Nacional de Cuba era el Banco Central de Cuba, manejado por el Estado. La Constitución de 1940 se debe restaurar solo en ‘lo aplicable’, de ninguna manera íntegramente”.