En una decisión bastante inusual en los tribunales de la dictadura cubana; en Isla de la Juventud absolvieron a tres manifestantes de las protestas ocurridas durante el mes de julio del año pasado en Cuba. Generalmente, sentencian a los enjuiciados a condenas desproporcionadas.
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La inusual sentencia dictada en Isla de la Juventud precisa que; de acuerdo a lo establecido en el Código Penal de Cuba, «los hechos narrados no tipifican el delito de desórdenes públicos previsto y sancionado». Con esta decisión, los tres acusados fueron absueltos.

En una decisión bastante inusual en los tribunales de la dictadura cubana; en Isla de la Juventud absolvieron a tres manifestantes del 11J
El Tribunal Municipal Popular de la Isla de la Juventud dictó sentencia de absolución a Ramón Salazar Infante, presidente del Partido Autónomo Pinero (PAP); Martha de los Ángeles Pérez Acosta, jefa del Departamento de Derechos Humanos del PAP. Por último, a Francisco Alfaro Diéguez, líder del Movimiento 13 de Marzo.
Todos los manifestantes estaban acusados por el cargo político de desorden público. La fiscalía de la dictadura cubana solicitaba tres años de prisión para cada uno de ellos. La sentencia indica que «los hechos narrados no tipifican el delito de desórdenes públicos previsto y sancionado» en el Código Penal cubano.

El juicio tuvo lugar el 29 de diciembre de 2021. Sin embargo, en el mismo proceso fue condenado Juan Luis Sánchez González a tres años de prisión;. El condenado cumplía prisión preventiva en la cárcel ‘El Guayabo’. Cabe destacar que la fiscalía solicitó ocho años de prisión para Sánchez.
Fuente: ADN CUBA.
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