El gobierno de Cuba aprobó el Decreto-Ley 35, que permite sancionar a quienes utilicen los servicios de internet y otras telecomunicaciones con “fines subversivos”.
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Según se publicó este martes 17 de agosto en la Gaceta Oficial de Cuba, este Decreto-Ley “De las Telecomunicaciones, Tecnologías de la Información y Comunicación, y el uso del Espectro Radioeléctrico” ampara un nuevo nivel de censura, antes limitado por la falta de legislación al respecto.
De acuerdo con la normativa, ahora será oficialmente ilegal la utilización de cualquier medio virtual o de telecomunicación con mensajes que atenten contra el régimen, por motivos de “ciberseguridad”, reportó Periódico Cubano.
Decreto-Ley 35
“Bajo esta nueva resolución, serán tipificados hechos que hasta el momento no tenían un respaldo legal en el país en el entorno de la red de redes como los daños éticos y sociales o los incidentes de agresión”, comentó en conferencia de prensa Pablo Domínguez Vázquez, Director de Ciberseguridad del Ministerio de Comunicaciones de Cuba.
El texto expone que podrán ser penados aquellos que en las redes sociales cometan “divulgación de noticias falsas, mensajes ofensivos, difamación con impacto en el prestigio del país”.
Esta legislación representa un nivel más en la censura que de por sí enfrentan los cubanos en su uso de internet y redes sociales, con páginas web y plataformas restringidas por el servicio brindado por el Estado, que pese a ser de paga no escapa a las limitaciones de sus administradores.
Nueva legislación: Decreto-Ley 35
El decreto llega tras la enorme difusión de videos y fotografías de actos represivos protagonizados; por las autoridades cubanas durante las manifestaciones del 11 de julio.
Asimismo, ha sido aprobado en medio de los intentos del gobierno de Estados Unidos; de proveer con internet libre a los habitantes del país.
“Se comprende como difusión dañina la difusión a través de las infraestructuras, plataformas o servicios de telecomunicaciones /TIC; de contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del estado, incite a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público; difundan mensajes que hacen apología a la violencia, accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad; y dignidad de las personas”, señala la norma.
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