Histórica ley desestima el ‘desacato’ como delito en Cuba

El 1 de mayo de 2020, el joven cubano Dairon Duque de Estrada Aguilera fue detenido por gritar en la calle frente a su vivienda: «Abajo Fidel, abajo Raúl, abajo los CDR y abajo la Policía». Luego de estar 13 días encarcelado sin cargos presentados, la Fiscalía preparó un caso contra él por el delito de desacato.

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Hechos como este suceden con demasiada frecuencia en Cuba, sin embargo, el caso de Dairon resulta sumamente especial.

Luego del juicio, celebrado en el Tribunal Municipal Popular de Santiago de Cuba, los jueces Javier Mustelier Armiñán, Consuelo Tamayo Mexi y Osvaldo Álvarez Pérez decidieron absolverle mediante la sentencia No. 53 del 8 de febrero de 2021, reportó Diario de Cuba.

Si la absolución resulta un caso inaudito en el proceder arbitrario del sistema judicial cubano, específicamente en cuestiones políticas, lo dicho en la sentencia asombra aún más.

¿A qué se refiere el régimen con ‘desacato’?

El delito de desacato, específicamente en la forma presentada en el caso anterior, se encuentra previsto en el artículo 144, apartados 1 y 2, del Código Penal cubano (CP).

En resumen, la ley considera desacato cualquier expresión oral o escrita de un ciudadano contra una autoridad, funcionario público y sus agentes o auxiliares. Por supuesto, el CP se justifica interpretando una expresión «en contra» como una ofensa o un insulto directo.

La ley especifica también que si la expresión va dirigida contra el presidente del Consejo de Estado, el de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), miembros del Consejo de Estado o del Consejo de Ministros o a los diputados de la ANPP, la sanción puede ser más severa, al punto de alcanzar los tres años de privación de libertad.

¿Qué representa la sentencia dada a Dairon Duque de Estrada por desacato?

En Cuba el precedente judicial no es considerado como fuente de derecho, por lo cual, la sentencia dictada por el Tribunal Municipal Popular de Santiago de Cuba no servirá para que ante casos similares los jueces actúen de igual manera.

Sin embargo, la decisión tomada ante el proceso a Dairon Duque de Estrada; sí significa un cambio en la interpretación de la ley que puede ser invocado por abogados en casos posteriores.

Por otro lado, el hecho de que varios jueces hayan coincidido en apartarse de la interpretación usada; por el régimen del delito de desacato rompe con la coherencia judicial con la que se criminaliza el disenso en Cuba.

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