El régimen castrista promueve un proyecto de Ley que persigue imponer severas sanciones y cárcel hasta por cinco años a cubanos que vendan divisas en dólares y euros.
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El proyecto de Ley del Código Penal establece que «se sanciona con privación de libertad de dos a cinco años o multa de quinientas a mil cuotas o ambas, a quien venda o, por cualquier medio ceda, transmita o adquiera moneda, cheque, giro, cheque de viajero o cualquier otro efecto de crédito análogo denominado en moneda extranjera, infringiendo las disposiciones legales», dice la propuesta legislativa.
El proyecto legislativo también establece sanciones a quien «exporte o importe moneda o valores públicos nacionales, con infracción de las disposiciones legales» o «haga operaciones de cambio en mercados negros de monedas nacionales o extranjeras o por canales distintos a los legalmente establecidos», reportó Diario de Cuba.
Régimen encarcelerá a quien venda dólares
El anteproyecto del Código Penal estipula igual sanción para otras personas que incurran en el tráfico ilegal de moneda nacional, divisas, metales y piedras preciosas.
El anteproyecto del Código Penal y la Ley de ejecución penal fueron publicados el pasado 20 de enero en la página oficial del Tribunal Supremo Popular de Cuba.
Con respecto al Artículo 282 del Código Penal vigente, la sanción por tráfico ilegal de moneda nacional, divisas, metales y piedras preciosas baja de uno a ocho años de privación de libertad a de dos a cinco años.
Régimen pide cárcel para quienes maten ganado bovino
Por su parte, el anteproyecto del Código Penal establece que «quien, sin autorización previa del órgano estatal específicamente facultado para ello, sacrifique ganado mayor, es sancionado con privación de libertad de tres a ocho años».
Los cubanos que vendan, transporten o comercien «con carne de ganado mayor [bovino] sacrificado ilegalmente» serán sancionados a dos o cinco años de cárcel.
«Se sanciona con privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas, a quien, a sabiendas de su procedencia, adquiera carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente. Si el hecho descrito en el apartado anterior consiste en adquirir carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente para suministrarla a centros de elaboración, producción, comercio o venta de alimentos, se incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años o multa de trescientas a mil cuotas o ambas», agregó.
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