Régimen cubano impone nuevas restricciones en las telecomunicaciones

Un duro golpe sufren las empresas de telecomunicaciones que buscan invertir en Cuba, ha establecido nuevos filtro a las inversiones 

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El gobierno cubano ha establecido nuevos filtro a las inversiones en materia de telecomunicaciones, que deberán informar sobre sitios que se visiten en Internet, especificar si las reparaciones y capacitación del personal se realizarán en la isla o en el extranjero, identificando a técnicos y profesores, y todos los proyectos serán valorados en dólares norteamericanos o divisa equivalente, especificando la fuente de financiación.

La nueva regulación abarca a todos los proyectos estatales, mixtos y privados en cuatro ámbitos de las telecomunicaciones, delimitados por el ministerio del ramo, cuyos permisos serán vinculantes e ineludibles, como establece el Decreto 33, publicado en la Gaceta Oficial, en la que aparece una disposición Única: «Los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, adecuan y regulan para sus sistemas lo dispuesto en la presente resolución».

Todo proyecto que incluya Componentes de tecnología de la información y la comunicación (TIC), la investigación y desarrollo, programas y aplicaciones informáticas donde su uso está destinado al Estado, organizaciones superiores de dirección empresarial, entidades nacionales, los órganos locales del Poder Popular e infraestructuras críticas de las TIC y el uso del espectro radioeléctrico; «están obligados» a ser aprobados por el Ministerio de Comunicaciones (MINCOM).

En el ámbito de conexión a una o más redes críticas, el licitador deberá definir inversión en herramientas que realicen análisis de registro oficial de eventos, logs y generación de reportes asociados, estas permitirán a los administradores ver los sitios de Internet que se visiten y la utilización de herramientas que realicen chequeos de potenciales problemas en el servidor, detectar puertos abiertos, servicios y aplicaciones que se ejecutan.

Los proyectos deben reflejar las herramientas a utilizar para el control centralizado del inventario de hardware y de software, control remoto, además de poder escanear una dirección IP o de una subred con el objetivo de obtener información de equipos no inventariados o la sustitución de componentes internos; además de definir si se implementaran en las instalaciones, sistemas, equipos físicos y de tecnologías de la información y la comunicación para minimizar efectos nocivos sobre las infraestructuras críticas y un impacto debilitador en la seguridad nacional y el funcionamiento adecuado económico y social del país; advierte el texto.

Las fichas técnica contendrán los servicios de control y fiscalización que se establecerán, periodicidad de realización de los mismos, y deben impedir la instalación de cualquier tipo de hardware o de software sin la autorización de la dirección de la entidad; explicar los servicios que se brindarán y aclarar si se prestarán a personas naturales o jurídicas o ambas; definiendo si es un servicio público o es privado.

En el caso de contar con  Asesoría extranjera, el licitador especificará, en caso de necesitarla, si la reparación se realzará en Cuba, con participación de técnicos extranjeros o en otro país; para el primer caso, deberá detallar la nacionalidad de los implicados y, en el segundo, la nación donde se llevará a cabo la reparación; de igual manera se procederá en casos de formación y entrenamientos.

El valor del proyecto deberá especificarse en dólares norteamericanos o la divisa correspondiente y la fuente de financiamiento que vaya a contratar el inversor.

Todo inversionista que pretenda acometer un proyecto de telecomunicaciones «está obligado» a tramitar uno o más permisos ante el MINCOM, aportando fichas técnicas y tres formularios, que aparecen como anexos en el decreto, pero en caso de que la propuesta incluya construcción y montaje, debe hacerlo ante la Comisión Nacional de Compatibilización.

En el caso que se requiera importar programas y aplicaciones informáticas, se deben presentar, al menos tres evidencias de la imposibilidad de que entidades nacionales no tiene soluciones similares ni pueden desarrollarlas en el plazo requerido; y la carencia debe ser certificadas por la Industria Cubana de Programas y Aplicaciones Informáticas.

Las fichas técnicas, que son las reflejadas por el decreto 33/2022, además de datos básicos y tecnológicos sobre los proyectos y sus promotores y/o autores, deberán identificar a los fabricantes extranjeros de los productos y soluciones a emplear, país de procedencia y; cuando se trate de Sistemas de telefonía, deben especificarse la marca, modelo y características de la pizarra, los tipos y cantidades de abonados; así como los tipos y cantidades de conexiones a las redes públicas.

Las inversiones en el ámbito de la Comunicación y la Defensa del Ciberespacio Nacional deberán definir si se prevé protección criptográfica, el uso de VPN criptográfica, mecanismos de protección criptográficos o de la criptografía embebida en los dispositivos; mientras que las soluciones informáticas incluirán las especificaciones y detalle de los requisitos de seguridad.

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